Infografía de las fotomultas: el gobierno difundió la ubicación de los radares autorizados
La Agencia Nacional de Seguridad Vial –ANSV- publicó la información de los 23 radares habilitados en las rutas nacionales para que los conductores puedan evaluar la validez de las multas por excesos de velocidad. Los datos a saber sobre los controles en todo el territorio argentino y el apartado de las rutas a la Costa Atlántica
La Agencia Nacional de Seguridad Vial –ANSV– registró 180.105 unidades y labró 2.862 actas de infracción durante los primeros quince días de enero. El 64% de las multas fueron por exceso de velocidad, una tendencia que se extiende a los primeros dos meses del año, en coincidencia con la apertura del período vacacional y los traslados hacia los puntos turísticos del país. En procura de educar sobre estos factores de riesgos viales, el Ministerio de Transporte difundió la ubicación de los radares en las principales rutas nacionales del país.
«Los radares estadísticos, tanto fijos como móviles, detectaron 1.817 excesos de velocidad en la primera quincena de enero»
La radarización contempla 23 dispositivos homologados y autorizados por la ANSVdesplegados en las provincias de Buenos Aires, Corrientes, Tucumán, Misiones, Santiago del Estero, Catamarca y Entre Ríos. Más otros cuatro radares con fotomultas desplegados a efecto del Operativo Verano 2018 en el marco de los controles realizados durante los meses de verano sobre rutas nacionales, provinciales y municipales, anunciados y señalizados cumpliendo la normativa vigente.
La publicación y difusión de esta información tiene diferentes propósitos. En principio es un servicio al ciudadano para que sepa cuándo las multas que reciben están legalizadas, homologadas y autorizadas por la entidad pertinente. Tiene como finalidad fundacional la tarea de prevención, seguridad y de educación vial en la conciencia de los conductores que deben discernir el peligro de manejar a altas velocidades. Y también funciona como medida para desalentar la instalación de radares con fines recaudatorios de distintos municipios del país.
La ANSV aclara que las provincias de Córdoba, Santa Fe y Buenos Aires adoptaron su propio régimen de autorización de radares. Son jurisdicciones que realizan reservas en la materia. Se adhirieron de manera parcial a la Ley Nacional N° 26.363, estableciendo una norma de autorización de funcionamiento de radares-cinemómetros especial dentro de sus territorios. Según la entidad nacional, las provincias y los municipios mantienen potestad para regular en esta materia sobre los corredores provinciales y municipales.
Para los traslados hacia la costa atlántica bonaerense, se distribuyeron por los diferentes caminos y accesos más de sesenta equipos preparados para detectar los excesos de velocidad. Fueron instalados por el gobierno provincial hace una década en tenor a la adecuación de la ley de tránsito. A los cinemómetros (los instrumentos que miden en tiempo real la velocidad de un vehículo) repartidos por los sectores más críticos de las rutas 11, 36 y 215 y también en la Autovía 2 y la autopista que une la Ciudad con La Plata, deben agregarse los controles instalados por las comunas de Chascomús, Dolores, General Madariaga, Lezama y Mar Chiquita. El camino de Buenos Aires a Mar del Plata está fiscalizado por once radares entre nacionales, provinciales y municipales. La circulación por la ruta once que recorre todo el Partido de la Costa (los 200 kilómetros que separan a San Clemente del Tuyú de Santa Clara del Mar) se encuentra con otros siete puntos de control.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial elaboró un listado de las condiciones que debe tener una multa de tránsito para ser considerada correcta. Las infracciones que carezcan de alguno de estos ítems revisten calidad de irregulares y podrán ser reclamadas ante un juzgado pertinente. La sanción debe tener la fecha en que fue cometida la presunta infracción -día, hora, mes y año-, la ruta y el kilómetro donde fue cometida la presunta infracción, la imagen del vehículo al momento de la infracción, con identificación del dominio (en caso de utilizarse un radar cinemómetro), la velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado, expresada en kilómetros por hora, la firma de la autoridad pública interviniente en la infracción, los datos del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción -marca, modelo o código de aprobación y N° de serie-, el número de disposición ANSV que autoriza su uso, la matrícula habilitante del operador del radar otorgada por ANSV, los datos del municipio que la realiza y el contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo resulte competente.
Fuente: Infobae.com
https://www.infobae.com/autos/2018/01/25/fotomultas-y-radares/
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